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Banco Central de CubaLa creaci�n del Banco Central de Cuba (BCC), dispuesta por el Consejo de Estado mediante Decreto Ley No. 172, de 28 de mayo de 1997, dot� al pa�s de una instituci�n capaz de concentrar sus fuerzas en la ejecuci�n de las funciones b�sicas inherentes a la banca central y dej� establecido un sistema bancario de dos niveles, integrado por el Banco Central de Cuba y un grupo de bancos e instituciones financieras no bancarias, capaces de dar respuesta a las necesidades que surgen del desarrollo de nuevas formas de estructurar las relaciones econ�micas internas y externas del pa�s. Como autoridad rectora de la banca cubana, el BCC tiene la misi�n de:
Adem�s de las cl�sicas funciones referidas anteriormente, el Banco Central de Cuba debe acometer otros retos: perfeccionar el sistema monetario de manera tal que viabilice la ejecuci�n de la actividad econ�mica, permita su medici�n precisa, contribuya a que los an�lisis de eficiencia se hagan sobre bases reales y estimule la eficacia de la econom�a en general y, muy en particular, la productividad del trabajo; normalizar las relaciones financieras externas del pa�s -incluido el tema de la deuda externa- y apoyar las gestiones de cr�dito de los bancos integrantes del sistema nacional y de las empresas cubanas, mediante contactos bilaterales con otros bancos centrales, organismos de seguro de cr�dito a la exportaci�n y otras instituciones financieras oficiales y privadas. |
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